Defensa y litigio
Cuando la controversia requiere representación, defensa o intervención de tribunales y autoridades.
Consultar servicios jurídicosCentro Privado de Prestación de Servicios de Mecanismos Alternos
Un espacio profesional para que personas, familias y empresas exploren soluciones mediante mediación y conciliación, con participación voluntaria y dentro del marco legal aplicable.
No todos los asuntos requieren el mismo camino. Una revisión inicial permite identificar si corresponde acudir o continuar ante tribunales y autoridades, o si existen condiciones para un proceso voluntario de mecanismos alternos.
Cuando la controversia requiere representación, defensa o intervención de tribunales y autoridades.
Consultar servicios jurídicosCuando las partes pueden participar voluntariamente en la construcción de una solución dialogada.
Conocer los mecanismosLas partes conservan la decisión sobre su participación y sobre los términos de cualquier posible acuerdo.
Una persona facilitadora neutral propicia la comunicación para que las propias partes identifiquen intereses, valoren opciones y construyan una solución, sin imponer ni proponer el resultado.
Una persona facilitadora neutral favorece el diálogo y puede presentar alternativas o sugerencias para que las partes las valoren y decidan libremente si alguna responde a sus necesidades.
La procedencia depende de la naturaleza del asunto, la voluntad de las partes y los requisitos legales aplicables. Cada solicitud comienza con una revisión inicial.
Diferencias relacionadas con bienes, obligaciones, adeudos y patrimonio.
Relaciones comerciales, pagos, proveedores y cumplimiento de acuerdos empresariales.
Asuntos en los que la ley permita acuerdos y se protejan los derechos involucrados.
Rentas, obligaciones contractuales, formas de pago y posibles condiciones de cumplimiento.
El desarrollo concreto puede variar de acuerdo con el asunto y con la participación de las partes.
Solicitar orientación inicialConocemos de forma general la situación y explicamos el alcance del procedimiento.
Se valora si el asunto puede atenderse por esta vía y qué participación se requiere.
Con voluntad de las partes, se organizan sesiones para identificar temas, intereses y opciones.
Si existe consenso, los compromisos se documentan conforme a la naturaleza del asunto.
No. La participación y la decisión de alcanzar un acuerdo dependen de la voluntad de las partes.
No necesariamente. La viabilidad puede evaluarse antes de iniciar un procedimiento o cuando ya existe una controversia, según el caso.
El procedimiento no puede desarrollarse sin participación voluntaria. En ese supuesto pueden revisarse otras vías jurídicas disponibles.
La información se trata conforme a los deberes de confidencialidad y a las excepciones previstas por la normativa aplicable.
Dependen del asunto, de su contenido y de los requisitos de formalización o validación que correspondan. Estos aspectos se explican antes de su firma.
La duración varía según la complejidad del asunto, la disponibilidad y el avance que las partes logren durante las sesiones.
Comparta brevemente su situación para recibir orientación sobre el primer paso.
Solicitar una sesión